Sábado, Diciembre 28, 2024

Más actores, más competencia en 5G, por Óscar Cabello

DIARIO FINANCIERO – En la columna titulada “Espectro radioeléctrico: ¿para qué fue el concurso 5G?”, Andrea Butelmann y Carolina Horn exponen las razones por las cuales Subtel no debiera permitir el acceso de nuevos actores a la tecnología 5G, por la vía de modificar las antiguas concesiones de la banda de 3,5 GHz, opinión que comparten con Wom. Cabe destacar que hoy la competencia en 5G se encuentra limitada a solo tres actores Movistar, Entel y Wom.

Sostienen las autoras que el espectro adjudicado en esa banda, desde el año 2000, no habría sido obtenido mediante concursos públicos y que estaría limitado a la prestación de servicios fijos. Sin embargo, soslayan el hecho que el Tribunal de la Libre Competencia (TDLC) aclaró recientemente que dicha resolución ya no limita las atribuciones del regulador sectorial para modificar concesiones de 3,5 GHz, y que este es el organismo quien debe definir técnicamente el marco normativo para promover el desarrollo y la competencia en la industria.

“Subtel expuso ante el TDLC que los antiguos concesionarios de la banda 3,5 GHz sí obtuvieron sus frecuencias en concursos públicos y que siempre se ha podido modificar una concesión para agregar nuevas prestaciones”.

Entre los argumentos que la Subtel expuso ante el TDLC, se encuentra el hecho de que los antiguos concesionarios de esa banda sí obtuvieron sus frecuencias en concursos públicos; que siempre se ha podido modificar una concesión para agregar nuevas prestaciones; que la banda de 3,5 GHz es apta para prestar tanto servicios fijos como móviles, y que, si Subtel se encontrase impedida de autorizar prestaciones móviles a los antiguos concesionarios, implicaría negar la convergencia tecnológica.

También olvidan que cuando el TDLC revisó el antiguo límite de tenencia de espectro, dispuso que la Subtel debía velar por que en el país existan al menos cuatro operadores móviles creíbles con tecnología 5G, criterio que fue confirmado por la excelentísima Corte Suprema. Omiten además que la adición de servicios 5G a estas concesiones supone el despliegue de un proyecto técnico.

Tampoco consideran las autoras que, si bien las antiguas concesiones de la banda de 3,5 GHz fueron adjudicadas para el servicio público de telefonía local inalámbrica, la ley sectorial nunca ha exigido que este servicio tenga que ser “fijo”; incluso, la propia norma técnica que dio vida a este servicio dispuso textualmente que: “Las radioestaciones terminales de usuario se podrán ubicar en cualquier parte dentro de la zona de servicio autorizada y podrán reubicarse de acuerdo a la demanda, por lo que constituyen radioestaciones móviles”.

A modo de ejemplo, en 2004 la Subtel, mediante una simple modificación de la concesión de telefonía local de Telefónica del Sur, autorizó a esta empresa a agregar servicios móviles. El propio Wom modificó sus concesiones AWS adicionando tecnología 4G.

Estos y otros precedentes demuestran que la aclaración del TDLC y la decisión de la Subtel apuntan en el sentido correcto, pues desconocer las facultades técnicas del regulador y limitar la competencia a solo tres actores en el mercado 5G constituye un retroceso artificial que la propia Corte Suprema ha intentado corregir durante años. Una interpretación distinta iría en perjuicio de la competencia, la inversión y los consumidores.

Ver artículo

Fuente: Diario Financiero, Jueves 26 de Enero de 2023

DIARIO FINANCIERO – En la columna titulada “Espectro radioeléctrico: ¿para qué fue el concurso 5G?”, Andrea Butelmann y Carolina Horn exponen las razones por las cuales Subtel no debiera permitir el acceso de nuevos actores a la tecnología 5G, por la vía de modificar las antiguas concesiones de la banda de 3,5 GHz, opinión que comparten con Wom. Cabe destacar que hoy la competencia en 5G se encuentra limitada a solo tres actores Movistar, Entel y Wom.

Sostienen las autoras que el espectro adjudicado en esa banda, desde el año 2000, no habría sido obtenido mediante concursos públicos y que estaría limitado a la prestación de servicios fijos. Sin embargo, soslayan el hecho que el Tribunal de la Libre Competencia (TDLC) aclaró recientemente que dicha resolución ya no limita las atribuciones del regulador sectorial para modificar concesiones de 3,5 GHz, y que este es el organismo quien debe definir técnicamente el marco normativo para promover el desarrollo y la competencia en la industria.

“Subtel expuso ante el TDLC que los antiguos concesionarios de la banda 3,5 GHz sí obtuvieron sus frecuencias en concursos públicos y que siempre se ha podido modificar una concesión para agregar nuevas prestaciones”.

Entre los argumentos que la Subtel expuso ante el TDLC, se encuentra el hecho de que los antiguos concesionarios de esa banda sí obtuvieron sus frecuencias en concursos públicos; que siempre se ha podido modificar una concesión para agregar nuevas prestaciones; que la banda de 3,5 GHz es apta para prestar tanto servicios fijos como móviles, y que, si Subtel se encontrase impedida de autorizar prestaciones móviles a los antiguos concesionarios, implicaría negar la convergencia tecnológica.

También olvidan que cuando el TDLC revisó el antiguo límite de tenencia de espectro, dispuso que la Subtel debía velar por que en el país existan al menos cuatro operadores móviles creíbles con tecnología 5G, criterio que fue confirmado por la excelentísima Corte Suprema. Omiten además que la adición de servicios 5G a estas concesiones supone el despliegue de un proyecto técnico.

Tampoco consideran las autoras que, si bien las antiguas concesiones de la banda de 3,5 GHz fueron adjudicadas para el servicio público de telefonía local inalámbrica, la ley sectorial nunca ha exigido que este servicio tenga que ser “fijo”; incluso, la propia norma técnica que dio vida a este servicio dispuso textualmente que: “Las radioestaciones terminales de usuario se podrán ubicar en cualquier parte dentro de la zona de servicio autorizada y podrán reubicarse de acuerdo a la demanda, por lo que constituyen radioestaciones móviles”.

A modo de ejemplo, en 2004 la Subtel, mediante una simple modificación de la concesión de telefonía local de Telefónica del Sur, autorizó a esta empresa a agregar servicios móviles. El propio Wom modificó sus concesiones AWS adicionando tecnología 4G.

Estos y otros precedentes demuestran que la aclaración del TDLC y la decisión de la Subtel apuntan en el sentido correcto, pues desconocer las facultades técnicas del regulador y limitar la competencia a solo tres actores en el mercado 5G constituye un retroceso artificial que la propia Corte Suprema ha intentado corregir durante años. Una interpretación distinta iría en perjuicio de la competencia, la inversión y los consumidores.

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Fuente: Diario Financiero, Jueves 26 de Enero de 2023

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