Sábado, Noviembre 23, 2024

Los vacíos legales que obstaculizan la desalación en Chile

BNAMÉRICAS – Aunque las lluvias han sido de cierta ayuda este año, Chile sigue sufriendo una histórica sequía, lo que ha forzado a varios sectores a buscar fuentes alternativas, entre las cuales la desalinización aparece como una de las opciones más relevantes.

Sin embargo, el desarrollo de proyectos de desalinización enfrenta varias barreras, que van desde largos tiempos de evaluación ambiental hasta la falta de legislación en torno al sector.

Para conocer más sobre el panorama legal, BNamericas realizó una entrevista por correo electrónico con José Miguel Hernández (en la foto, a la izq.) y Fernando Villanueva, abogados de Grupo Evans, el cual ofrece asesorías para proyectos de desalinización.

BNamericas: ¿Cuáles son las principales barreras regulatorias que deben atravesar los proyectos de desalación para su aprobación?

Hernández: La principal barrera se relaciona con el emplazamiento de la infraestructura asociada a este tipo de proyectos, específicamente el de las plantas de desalación y los acueductos que transportan el agua desalada hasta los puntos de consumo.

En nuestro marco legal no existe una regulación integral del sistema y el mercado de la desalación, que, por ejemplo, aborde y sistematice un mecanismo de concesiones y de títulos de ocupación de suelo, especialmente de servidumbres forzosas.

Este vacío regulatorio ha hecho que varias empresas tengan que recurrir a legislaciones especiales, como la minera, sanitaria [hídrica] y de concesiones marítimas, las que han permitido a alguno de los actores del mercado de la desalación contar con títulos de ocupación de suelo.

Sin embargo, las empresas que no cuentan con títulos mineros, sanitarios o concesiones marítimas solo tienen la única alternativa de recurrir a la legislación común del Código Civil chileno, que solo les permite acceder a la figura legal de la servidumbre voluntaria para negociar con los propietarios de los predios donde se pretende emplazar la infraestructura asociada.

Esto provoca un alto nivel de incertidumbre dado su carácter no coercitivo. Hoy no hay un mecanismo para imponer una servidumbre forzosa a quien no quiera dar el paso a un proyecto de este tipo.

Por ello es altamente prioritario que el Congreso avance con el proyecto de ley de desalación que está en trámite en el Senado desde 2018.

Ese proyecto, entre otras materias, comprende la extracción del agua de mar para su desalinización; otorga la facultad para solicitar servidumbres necesarias para la conducción del agua por bienes privados o fiscales; considera el uso del borde costero y el uso de otros bienes públicos necesarios para el ejercicio de la concesión; habilita a su titular para ejercer las obras necesarias, propias de la concesión.

BNamericas: ¿En qué proyectos participa Grupo Evans?

Villanueva: Por un tema de confidencialidad no podemos mencionar los proyectos, pero estamos trabajando con tres proyectos en el norte de Chile y uno en la zona central. Uno de los puntos importantes de nuestro trabajo en todos estos casos se ha centrado en la evaluación y planes de mitigación de los riesgos asociados al emplazamiento de este tipo de infraestructura.

BNamericas: ¿Cómo ven el panorama de desalinización en Chile?

Hernández: En Chile existe un considerable avance en materia de desalinización, con una cartera importante de proyectos tanto en desarrollo como ya en operación. Sin embargo, como se mencionó, aún está pendiente un marco jurídico robusto que dé seguridad a los inversionistas al momento de desarrollar estos proyectos, especialmente en materia territorial.

A su vez, la gran mayoría de los proyectos de desalinización se sitúan en la zona norte del país, y sus titulares corresponden a empresas mineras y sanitarias.

Lo anterior hace necesario incentivar a que otros actores desarrollen este tipo de proyectos en la zona central del país. Existe ahí una alta demanda de agua por parte de sectores como la agricultura y la industria, que por sí solos no tienen capacidad para asumir los montos de inversión requeridos ni pueden gestionar adecuadamente los riesgos asociados a este tipo de iniciativas.

El objetivo sería crear un modelo público-privado que incentive a nuevos actores a desarrollar este tipo de proyectos en distintas zonas del país para enfrentar el problema de la crisis hídrica, permitiendo que nuevos sectores de la economía pudieran acceder a agua desalada.

BNamericas: Respecto al reúso de aguas, existe un debate sobre la propiedad de las aguas residuales. ¿Quién tendría el derecho a usar las aguas ya tratadas?

Villanueva: No hay certeza a nivel normativo sobre quién tiene el derecho de las aguas ya tratadas. Incluso, si nos abocamos a la legislación existente —el Código de Aguas—, esta es clara al señalar que sus normas rigen únicamente sobre las aguas terrestres, es decir, se excluye de su regulación a las aguas marítimas.

Como se mencionó, se ingresó un proyecto de ley de desalación en 2018. Está en su primer trámite constitucional en el Senado y tiene por finalidad regular el uso de agua de mar para la desalinización. Lamentablemente, no tiene urgencia en el Senado.

El proyecto otorga la calidad de bienes nacionales de uso público a las aguas que resulten del proceso de desalación.

Esto ha sido fuertemente criticado por distintos sectores porque desincentivaría la inversión en este tipo de proyectos, toda vez que el titular del proyecto no podría obtener derechos de aprovechamiento de estas aguas tratadas ni comercializarlas.

Ver artículo

Fuente: BNAméricas, Martes 15 de Noviembre de 2022

BNAMÉRICAS – Aunque las lluvias han sido de cierta ayuda este año, Chile sigue sufriendo una histórica sequía, lo que ha forzado a varios sectores a buscar fuentes alternativas, entre las cuales la desalinización aparece como una de las opciones más relevantes.

Sin embargo, el desarrollo de proyectos de desalinización enfrenta varias barreras, que van desde largos tiempos de evaluación ambiental hasta la falta de legislación en torno al sector.

Para conocer más sobre el panorama legal, BNamericas realizó una entrevista por correo electrónico con José Miguel Hernández (en la foto, a la izq.) y Fernando Villanueva, abogados de Grupo Evans, el cual ofrece asesorías para proyectos de desalinización.

BNamericas: ¿Cuáles son las principales barreras regulatorias que deben atravesar los proyectos de desalación para su aprobación?

Hernández: La principal barrera se relaciona con el emplazamiento de la infraestructura asociada a este tipo de proyectos, específicamente el de las plantas de desalación y los acueductos que transportan el agua desalada hasta los puntos de consumo.

En nuestro marco legal no existe una regulación integral del sistema y el mercado de la desalación, que, por ejemplo, aborde y sistematice un mecanismo de concesiones y de títulos de ocupación de suelo, especialmente de servidumbres forzosas.

Este vacío regulatorio ha hecho que varias empresas tengan que recurrir a legislaciones especiales, como la minera, sanitaria [hídrica] y de concesiones marítimas, las que han permitido a alguno de los actores del mercado de la desalación contar con títulos de ocupación de suelo.

Sin embargo, las empresas que no cuentan con títulos mineros, sanitarios o concesiones marítimas solo tienen la única alternativa de recurrir a la legislación común del Código Civil chileno, que solo les permite acceder a la figura legal de la servidumbre voluntaria para negociar con los propietarios de los predios donde se pretende emplazar la infraestructura asociada.

Esto provoca un alto nivel de incertidumbre dado su carácter no coercitivo. Hoy no hay un mecanismo para imponer una servidumbre forzosa a quien no quiera dar el paso a un proyecto de este tipo.

Por ello es altamente prioritario que el Congreso avance con el proyecto de ley de desalación que está en trámite en el Senado desde 2018.

Ese proyecto, entre otras materias, comprende la extracción del agua de mar para su desalinización; otorga la facultad para solicitar servidumbres necesarias para la conducción del agua por bienes privados o fiscales; considera el uso del borde costero y el uso de otros bienes públicos necesarios para el ejercicio de la concesión; habilita a su titular para ejercer las obras necesarias, propias de la concesión.

BNamericas: ¿En qué proyectos participa Grupo Evans?

Villanueva: Por un tema de confidencialidad no podemos mencionar los proyectos, pero estamos trabajando con tres proyectos en el norte de Chile y uno en la zona central. Uno de los puntos importantes de nuestro trabajo en todos estos casos se ha centrado en la evaluación y planes de mitigación de los riesgos asociados al emplazamiento de este tipo de infraestructura.

BNamericas: ¿Cómo ven el panorama de desalinización en Chile?

Hernández: En Chile existe un considerable avance en materia de desalinización, con una cartera importante de proyectos tanto en desarrollo como ya en operación. Sin embargo, como se mencionó, aún está pendiente un marco jurídico robusto que dé seguridad a los inversionistas al momento de desarrollar estos proyectos, especialmente en materia territorial.

A su vez, la gran mayoría de los proyectos de desalinización se sitúan en la zona norte del país, y sus titulares corresponden a empresas mineras y sanitarias.

Lo anterior hace necesario incentivar a que otros actores desarrollen este tipo de proyectos en la zona central del país. Existe ahí una alta demanda de agua por parte de sectores como la agricultura y la industria, que por sí solos no tienen capacidad para asumir los montos de inversión requeridos ni pueden gestionar adecuadamente los riesgos asociados a este tipo de iniciativas.

El objetivo sería crear un modelo público-privado que incentive a nuevos actores a desarrollar este tipo de proyectos en distintas zonas del país para enfrentar el problema de la crisis hídrica, permitiendo que nuevos sectores de la economía pudieran acceder a agua desalada.

BNamericas: Respecto al reúso de aguas, existe un debate sobre la propiedad de las aguas residuales. ¿Quién tendría el derecho a usar las aguas ya tratadas?

Villanueva: No hay certeza a nivel normativo sobre quién tiene el derecho de las aguas ya tratadas. Incluso, si nos abocamos a la legislación existente —el Código de Aguas—, esta es clara al señalar que sus normas rigen únicamente sobre las aguas terrestres, es decir, se excluye de su regulación a las aguas marítimas.

Como se mencionó, se ingresó un proyecto de ley de desalación en 2018. Está en su primer trámite constitucional en el Senado y tiene por finalidad regular el uso de agua de mar para la desalinización. Lamentablemente, no tiene urgencia en el Senado.

El proyecto otorga la calidad de bienes nacionales de uso público a las aguas que resulten del proceso de desalación.

Esto ha sido fuertemente criticado por distintos sectores porque desincentivaría la inversión en este tipo de proyectos, toda vez que el titular del proyecto no podría obtener derechos de aprovechamiento de estas aguas tratadas ni comercializarlas.

Ver artículo

Fuente: BNAméricas, Martes 15 de Noviembre de 2022

TITULARES