Jueves, Diciembre 26, 2024

Diálogo del CPI N° 53 abordó los problemas y desafíos de la contratación de la obra pública

CPI – Con la presencia de expertos internacionales de Perú, México y Chile, el conversatorio remoto del CPI revisó nuevas formas posibles de contratación de obra pública, con especial énfasis en la utilización de contratos estandarizados internacionales. El tema es de particular relevancia para Chile, donde un estudio amplio de casos reveló que en un 77% existió una desviación de los plazos y en un 98% de los costos de los proyectos; en el país no se recurre a ese tipo de contratos.
Los contratos estandarizados internacionales, sin embargo, están siendo utilizados crecientemente y en particular en América Latina se aplican en los casos de financiamiento para obra pública provistos por organismos como el Banco Mundial y el Banco Interamericano de Desarrollo. Su necesidad y quizás urgencia tiene que ver en parte -en países como Chile- con la dispersión institucional y con la diversidad de mandantes públicos, cada uno con sus propias normas disposiciones y regulaciones, además de una inadecuada asignación de los riesgos. Chile no ha requerido en general de ese tipo de financiamiento para la obra pública y por ello no ha rendido este test, explicaron los expertos.
Los contratos estandarizados, se subrayó en el encuentro, presentan beneficios para la solución temprana de controversias; para la interpretación, certeza y predictibilidad; para la disminución de costos de transacción, y para una gestión inteligente de los riesgos, entre otros aspectos. En muchos países, el Estado tiende a protegerse desmedidamente  y asigna los riesgos de manera poco equitativa a los contratistas. Existen experiencias exitosas de este modelo de contratos en la región: se explicó el caso de las nuevas obras con ocasión de los Juegos Panamericanos en Perú, obteniéndose resultados ampliamente satisfactorios, casi sin ningún reclamo.
Los expositores concordaron en que resulta perfectamente posible -además de necesario- la utilización de los contratos estandarizados en combinación con las disposiciones legales y específicas de cada país.  Es un asunto de flexibilidad, en tanto no existen diferencias de fondo entre los principios jurídicos que rigen los contratos estandarizados y las normativas administrativas y civiles sobre las que descansan la construcción y operación de la obra pública en la región. Estos contratos se están utilizando en Brasil, Colombia, Argentina, Ecuador, Costa Rica y varios países de América Central.
Se concluyó que la adopción de contratos estandarizados representa un reto cultural, más que uno jurídico o técnico. Requiere de una lógica de cooperación, flexibilidad y voluntad de acuerdo frente a las controversias e imprevistos.  La legislación interna de cada país no es en ningún caso un impedimento para utilizar este modelo de contrato de obra pública y así obtener sus beneficios.
Ver video
Fuente: CPI, Miércoles 23 de Diciembre de 2020

CPI – Con la presencia de expertos internacionales de Perú, México y Chile, el conversatorio remoto del CPI revisó nuevas formas posibles de contratación de obra pública, con especial énfasis en la utilización de contratos estandarizados internacionales. El tema es de particular relevancia para Chile, donde un estudio amplio de casos reveló que en un 77% existió una desviación de los plazos y en un 98% de los costos de los proyectos; en el país no se recurre a ese tipo de contratos.
Los contratos estandarizados internacionales, sin embargo, están siendo utilizados crecientemente y en particular en América Latina se aplican en los casos de financiamiento para obra pública provistos por organismos como el Banco Mundial y el Banco Interamericano de Desarrollo. Su necesidad y quizás urgencia tiene que ver en parte -en países como Chile- con la dispersión institucional y con la diversidad de mandantes públicos, cada uno con sus propias normas disposiciones y regulaciones, además de una inadecuada asignación de los riesgos. Chile no ha requerido en general de ese tipo de financiamiento para la obra pública y por ello no ha rendido este test, explicaron los expertos.
Los contratos estandarizados, se subrayó en el encuentro, presentan beneficios para la solución temprana de controversias; para la interpretación, certeza y predictibilidad; para la disminución de costos de transacción, y para una gestión inteligente de los riesgos, entre otros aspectos. En muchos países, el Estado tiende a protegerse desmedidamente  y asigna los riesgos de manera poco equitativa a los contratistas. Existen experiencias exitosas de este modelo de contratos en la región: se explicó el caso de las nuevas obras con ocasión de los Juegos Panamericanos en Perú, obteniéndose resultados ampliamente satisfactorios, casi sin ningún reclamo.
Los expositores concordaron en que resulta perfectamente posible -además de necesario- la utilización de los contratos estandarizados en combinación con las disposiciones legales y específicas de cada país.  Es un asunto de flexibilidad, en tanto no existen diferencias de fondo entre los principios jurídicos que rigen los contratos estandarizados y las normativas administrativas y civiles sobre las que descansan la construcción y operación de la obra pública en la región. Estos contratos se están utilizando en Brasil, Colombia, Argentina, Ecuador, Costa Rica y varios países de América Central.
Se concluyó que la adopción de contratos estandarizados representa un reto cultural, más que uno jurídico o técnico. Requiere de una lógica de cooperación, flexibilidad y voluntad de acuerdo frente a las controversias e imprevistos.  La legislación interna de cada país no es en ningún caso un impedimento para utilizar este modelo de contrato de obra pública y así obtener sus beneficios.
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Fuente: CPI, Miércoles 23 de Diciembre de 2020

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