CPI – Recientemente se celebraron los 25 años de la promulgación de la Ley de Concesiones. Esta modalidad de asociación público-privadas (APP) ha sido una opción válida para contribuir, desde el sector privado, con el Estado al financiamiento, mantenimiento y gestión de proyectos de infraestructura de uso público que por su “urgencia” y relevancia debieron ser asumidos por este, al menor plazo posible, para avanzar en proveer a la comunidad de mejores condiciones de vida y mayores niveles de productividad.
Para que sigan cumpliendo un rol relevante en la economía nacional y en aportar a la calidad de vida de las personas es necesario que responda a las nuevas demandas que el país debe enfrentar.
“En primer lugar -sostiene Carlos Cruz, director ejecutivo del CPI- los proyectos que se decida asumir a través de esta modalidad deben responder a una visión de desarrollo país de la cual el Estado no puede desentenderse. Es desde el Estado que deben proponerse los diseños, elaborar las ingenierías, aprobar los permisos ambientales, invitar a la comunidad a ser parte de lo proyectos, supervisar con rigor, pero flexibilidad y criterio, los procesos de construcción y operación y, cuando sea pertienente, definir políticas tarifarias que sean estables, coherentes y aceptadas por la comunidad”. De esta forma, dice, podría minimizarse el riesgo de “cambios de contratos”, sin por ello facilitar su adecuación cuando las condiciones varían.
“En estos días, pretender que los contratos sean rígidos por 30 años es impensable; a lo mejor hay que pensar en una modalidad de revisión cada 5 años, como en el caso de las sanitarias”, afirma Cruz.
Una segunda consideración que es importante tener presente es que “en la actualidad en el mundo se comienza a hablar de APP cuando lo que se adquiere no es necesariamente la infraestructura, sino los servicios que esta genera”, explica Carlos Cruz. Para ello, una posibilidad sería avanzar hacia una nueva ley de APP que diferencie entre la adquisición, por parte del Estado, de servicios para la comunidad y de infraestructura de carácter productivo.
Hoy esta modalidad sólo se canaliza a través de la Ley de Concesiones del MOP, la Ley EMPORCHI, la Ley FUC reformulada o modalidades contractuales específicas (especialmente en municipios). A modo de ejemplo, nuevas áreas de acción que se podrían incorporar serían pagar por disponibilidad de camas en hospitales y no necesariamente por el hospital en su conjunto; capacidad de confinamiento de reclusos y no por la cárcel, entre otro. Y por otra parte, llevar adelante inversiones de infraestructrua productiva en el campo de la logística, como se ha venido haciendo hasta ahora, aunque con un nivel de coordinación mayor entre áreas que deben complementarse, como puertos, carreteras, ferrocarriles, modos de transporte guiado en ciudades, corredores de transporte público, desaladoras, embalses, sistemas de trasvase cuencas, redes de conducción de agua, estacionamientos.
Fundamental para avanzar en esta dirección, afirma Cruz , es establecer una relación de cooperación público-privada, donde prime el principio de la “buena fe”. Este debe expresarse en contratos de adhesión, propuestos y licitados por el mandante; acompañamiento permanente del mandante al proceso de ejecución y prestación del servicio por parte de la empresa privada; mecanismos de resolución temprana de controversias y un buen sistema de resolución de conflictos.
Además, se debería considerar que los costos que surjan como consecuencia de riesgos no contemplados en el contrato -como ocurrió con la pandemia- sean asignados por los mecanismos de resolución de controversias.
En otro ámbito, la propuesta del CPI contempla avanzar en materias de transparencia, de manera de dar mayor legitimidad a las APP. Así, se plantea que las sociedades responsables de la ejecución y operación de los proyectos deberán asegurar máxima transparencia de la información generada, comprometerse con iniciativas ambientalmente sustentables, transitando progresivamente a servicios e infraestructura “cero emisiones” al año 2030.
“Además, es necesario que asuman una relación con las comunidades en el área de influencia en las que operan, suscribiendo los protocolos ESG, actualmente en plena vigencia”, añade el director ejecutivo del CPI.
Financiamiento e institucionalidad
Finalmente, se propone estudiar nuevas formas de financiamiento. En otras partes del mundo ya se ha optado por un financiamiento por disponibilidad, como es en el Reino Unido, o contra impuestos, como en Perú.
Dentro del contexto de los cambios que se cree pertinente comenzar a estudiar, Cruz señala que sería posible revisar la ubicación orgánica de la entidad a cargo, ya que una agencia de esta envergadura, al servicio de todas las áreas de la infraestructura del Estado, podría verse restringida en el ámbito de acción del MOP, como ocurre actualmente con la Dirección General de Concesiones (DGC).
“Una opción sería pensar en un servicio público externo a la estructrua del gobierno. Esta debiera aprovechar la experiencia adquirida en el MOP y hacerse extensiva a todo el sector público”, concluye Cruz.
Fuente: CPI, Jueves 4 de Noviembre de 2021