DIARIO FINANCIERO – La responsabilidad en los atrasos que le significaron que se le cursara una multa, es el principal punto de disputa que puso la Sociedad Concesionaria Nuevo Camino Nogales-Puchuncaví S.A. en contra del Ministerio de Obras Públicas ante el Panel Técnico de Concesiones, organismo que intenta dirimir disputas en base a recomendaciones no vinculantes.
La iniciativa, que implica una inversión de US$ 220 millones, fue adjudicada en agosto de 2016 a la española OHL, la que después vendió sus concesiones a Aleatica. El proyecto implica mejorar la ruta F-20, de 43 kilómetros, que une la Ruta 5 Norte con la costera F-30.
En un escrito, la empresa alega que por contrato tenía el primer hito de avance de las obras para agosto de 2020 -correspondiente al 7% de la iniciativa-, pero que no pudo lograrlo por lo que -acusa- fueron incumplimientos del MOP.
Según Aleatica, el ministerio de Obras Públicas debía entregar el 100% de los lotes expropiados correspondientes al Sector 1 de la obra a más tardar el 11 de julio de 2020, pero solo un lote fue entregado previo al cumplimiento de la fecha límite y los otros 14 terrenos fueron recibidos el 15 de enero de este año. Es decir, con 188 días de atraso respecto a las bases.
Además, alega que el hecho de haber sido multada por la demora el lograr el 7% de avance, le traería nuevas dificultades en el desarrollo del proyecto que se traducirían en problemas para llevar adelante la construcción de las obras de los Sectores 2 y 3.
Según las Bases de Licitación, una nueva demora podría poner en riesgo la continuidad del contrato. Esto, porque “un segundo retraso con respecto a cualquiera de los múltiples hitos de avance que resta por cumplir, sería causal de término del Contrato de Concesión”, explica la firma en su presentación.
Así, la causa representada por el abogado Rodrigo Jensen Mont plantea otras discrepancias contra del MOP en relación con los Sectores 2 y 3, a causa de “sobrecostos, perjuicios, interferencias y retrasos”. Y a esto se suma la introducción de modificaciones “al diseño y conformación de las obras previstas en los antecedentes referenciales y en el Proyecto de Ingeniería Definitivo de esta Obra Pública”, después de que éstos ya se encontraban aprobados.
Las modificaciones realizadas por el MOP
Según las Bases de Licitación, la puesta en servicio de la totalidad de las obras nuevas debían ser entregadas en un plazo de 69 meses (poco menos de seis años) desde el inicio de la concesión. Sin embargo, en diciembre de 2019 el MOP modificó este punto y lo reemplazó por por tres “Puestas en Servicio Provisorias Parciales” para cada uno de los tres sectores en los que se divide la concesión.
Lo anterior, debido a “razones de interés público y urgencia las características de las obras y servicios del contrato y concesión”. Según argumentaron, esto obedecía a “la necesidad de reconocer todas las situaciones que han afectado de manera desigual el normal desarrollo de los proyectos de ingeniería”.
Y además, ese año la cartera del ministro Alfredo Moreno efectuó una serie de modificaciones en los plazos de los hitos parciales de avance de las obras en los tramos 2 y 3, pero no consideró cambios en el primer hito del Sector 1.
En efecto, el MOP confirió un aumento de tres meses en el plazo para que la concesionaria presentara las declaraciones de avance del 30%, 50% y 80% del Sector 1, dejando fuera el del primero, que correspondía al 7% de avance, el cual al no se ser entregado a tiempo, le significó una multa.
De acuerdo al último informe de avances del proyecto de la Dirección General de Concesiones, a septiembre de este año la Sociedad Concesionaria Nuevo Camino Nogales-Puchuncaví S.A. se da cuenta que el primer hito se cumplió 40 días después de la fecha fijada. Actualmente se estima en 30%, según el informe.
A partir de estos y otros antecedentes, la concesionaria expresó su intención de que el Panel Técnico emita una recomendación que contemple la postergación de la fecha en que el MOP debió exigir el cumplimiento del Hito N°1, y lo declare cumplido en forma oportuna. Y que además deje sin efecto la multa aplicada.
Fuente: Diario Financiero, Martes 30 de Noviembre de 2021