Martes, Noviembre 5, 2024

CNEP: tiempos para tramitar concesiones en telecomunicaciones superan norma legal en cerca de 120%

DIARIO FINANCIERO – La Comisión Nacional de Evaluación y Productividad (CNEP) publicó un avance sobre los conflictos para la instalación de antenas en Chile. Según los resultados, hay grandes “deficiencias” entre el despliegue de infraestructura y la institucionalidad que regula al sector a través de la Subsecretaría de Telecomunicaciones (Subtel).

El documento advierte que el otorgamiento y modificación de concesiones de servicios de telecomunicaciones públicos e intermedios -incluidos en estos últimos los que únicamente proveen infraestructura física- evidencian extensos plazos de tramitación.

Si bien la normativa establece un plazo de 6 meses para ambas acciones, se observó que en la práctica, el tiempo promedio entre 2012 y 2021 para la entrega de una concesión, fue de 400 días corridos, mientras que para las modificaciones, fue de 263, lo que representa un exceso promedio de 220 y 83 días, superando la norma en un 122% y 46%, respectivamente.

La CNEP señala que esta situación se genera, entre otros aspectos, debido a que el régimen de autorizaciones en materia de servicios de telecomunicaciones es “divergente.” Esto, porque un interesado que busca prestar servicios debe tramitar por separado una autorización para cada tipo de servicio -por ejemplo, llamadas de voz y transmisión de datos-, lo que dificulta que estos puedan ajustarse rápidamente al avance de nuevas tecnologías.

Las trabas

La CNEP constató que hay una falta de convergencia -unir varios servicios bajo una misma concesión-. Otro de los hallazgos identificados fue que, a pesar de la existencia de reglas especiales que facilitan la instalación de infraestructura de telecomunicaciones en ciertos terrenos públicos, las torres soporte de antenas y sistemas radiantes tienden a ser emplazadas en terrenos privados.

Desde 2012, año en que se publicó en el Diario Oficial la Ley de Antenas, un 88% de los Permisos de Instalación de Torres soporte de Antenas y Sistemas Radiantes de Transmisión de telecomunicaciones (PITSA) de más de 12 metros de altura fue otorgado para el emplazamiento en terrenos privados y solo un 2% para terrenos que pertenecen a órganos públicos descentralizados.

Las municipalidades están mandatadas por la Ley de Antenas a determinar las zonas donde preferentemente los interesados tendrían derecho de uso para el emplazamiento de torres soporte de más de 12 metros. Sin embargo, en la práctica, transcurridos más de 10 años desde que asumieron dicho rol, muy pocas municipalidades han cumplido. A modo de ejemplo, en la región Metropolitana, solo 8 municipalidades han dictado la ordenanza respectiva.

La investigación advierte, además, que no existe información centralizada (ya sea a través del Ministerio de Vivienda y Urbanismo o Subtel) que deben entregar las Direcciones de Obras Municipales (DOM), constatándose que los datos solo se encuentran en cada una, y en la mayoría de los casos, de forma no digitalizada.

Para conocer e identificar los problemas asociados a los permisos mencionados, la CNEP recopiló evidencia cualitativa y cuantitativa, que muestra extensos plazos de tramitación en el proceso de otorgamiento.

Ondas electromagnéticas

Una de las principales causas de los extensos plazos tiene relación con la oposición ciudadana a este tipo de infraestructura, dado el temor que existe ante la exposición prolongada a ondas electromagnéticas.

Al respecto, resulta relevante destacar que la Ley de Antenas estableció que correspondía al Ministerio del Medio Ambiente (MMA) dictar las normas de calidad ambiental o de emisión relacionadas con ondas electromagnéticas generadas por equipos y redes transmisoras de servicios de telecomunicaciones. Sin embargo, transcurridos más de 10 años desde que se publicó en el Diario Oficial la Ley de Antenas (2012), dichas normas aún no han sido dictadas, por lo que actualmente las emisiones son reguladas por la Resolución Exenta 3.103, dictada por Subtel en junio de 2012.

El documento advierte que existen grados de conflicto y tensión entre las tareas que cumple la Subtel. Esto, porque junto con tener el rol de impulsar el sector (diseño de políticas y fomento), ejerce niveles de control, al tener que autorizar y fiscalizar proyectos, donde el énfasis está puesto en el cumplimiento de la normativa.

Finalmente, la CNEP identificó que entre 2018 y 2022, existió una alta dispersión en la aplicación de multas impuestas por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTT). En efecto, el valor de una multa para la misma categoría de infracción llegó a superar tres veces su valor promedio. Una de las causas que explican esta situación es que la Ley 18.168, General de Telecomunicaciones, no contempla pautas para que el MTT establezca cuándo una infracción es más o menos grave, distando de lo que sucede con otros sectores regulados.

Ver artículo

Fuente: Diario Financiero, Lunes 21 de Agosto de 2023

DIARIO FINANCIERO – La Comisión Nacional de Evaluación y Productividad (CNEP) publicó un avance sobre los conflictos para la instalación de antenas en Chile. Según los resultados, hay grandes “deficiencias” entre el despliegue de infraestructura y la institucionalidad que regula al sector a través de la Subsecretaría de Telecomunicaciones (Subtel).

El documento advierte que el otorgamiento y modificación de concesiones de servicios de telecomunicaciones públicos e intermedios -incluidos en estos últimos los que únicamente proveen infraestructura física- evidencian extensos plazos de tramitación.

Si bien la normativa establece un plazo de 6 meses para ambas acciones, se observó que en la práctica, el tiempo promedio entre 2012 y 2021 para la entrega de una concesión, fue de 400 días corridos, mientras que para las modificaciones, fue de 263, lo que representa un exceso promedio de 220 y 83 días, superando la norma en un 122% y 46%, respectivamente.

La CNEP señala que esta situación se genera, entre otros aspectos, debido a que el régimen de autorizaciones en materia de servicios de telecomunicaciones es “divergente.” Esto, porque un interesado que busca prestar servicios debe tramitar por separado una autorización para cada tipo de servicio -por ejemplo, llamadas de voz y transmisión de datos-, lo que dificulta que estos puedan ajustarse rápidamente al avance de nuevas tecnologías.

Las trabas

La CNEP constató que hay una falta de convergencia -unir varios servicios bajo una misma concesión-. Otro de los hallazgos identificados fue que, a pesar de la existencia de reglas especiales que facilitan la instalación de infraestructura de telecomunicaciones en ciertos terrenos públicos, las torres soporte de antenas y sistemas radiantes tienden a ser emplazadas en terrenos privados.

Desde 2012, año en que se publicó en el Diario Oficial la Ley de Antenas, un 88% de los Permisos de Instalación de Torres soporte de Antenas y Sistemas Radiantes de Transmisión de telecomunicaciones (PITSA) de más de 12 metros de altura fue otorgado para el emplazamiento en terrenos privados y solo un 2% para terrenos que pertenecen a órganos públicos descentralizados.

Las municipalidades están mandatadas por la Ley de Antenas a determinar las zonas donde preferentemente los interesados tendrían derecho de uso para el emplazamiento de torres soporte de más de 12 metros. Sin embargo, en la práctica, transcurridos más de 10 años desde que asumieron dicho rol, muy pocas municipalidades han cumplido. A modo de ejemplo, en la región Metropolitana, solo 8 municipalidades han dictado la ordenanza respectiva.

La investigación advierte, además, que no existe información centralizada (ya sea a través del Ministerio de Vivienda y Urbanismo o Subtel) que deben entregar las Direcciones de Obras Municipales (DOM), constatándose que los datos solo se encuentran en cada una, y en la mayoría de los casos, de forma no digitalizada.

Para conocer e identificar los problemas asociados a los permisos mencionados, la CNEP recopiló evidencia cualitativa y cuantitativa, que muestra extensos plazos de tramitación en el proceso de otorgamiento.

Ondas electromagnéticas

Una de las principales causas de los extensos plazos tiene relación con la oposición ciudadana a este tipo de infraestructura, dado el temor que existe ante la exposición prolongada a ondas electromagnéticas.

Al respecto, resulta relevante destacar que la Ley de Antenas estableció que correspondía al Ministerio del Medio Ambiente (MMA) dictar las normas de calidad ambiental o de emisión relacionadas con ondas electromagnéticas generadas por equipos y redes transmisoras de servicios de telecomunicaciones. Sin embargo, transcurridos más de 10 años desde que se publicó en el Diario Oficial la Ley de Antenas (2012), dichas normas aún no han sido dictadas, por lo que actualmente las emisiones son reguladas por la Resolución Exenta 3.103, dictada por Subtel en junio de 2012.

El documento advierte que existen grados de conflicto y tensión entre las tareas que cumple la Subtel. Esto, porque junto con tener el rol de impulsar el sector (diseño de políticas y fomento), ejerce niveles de control, al tener que autorizar y fiscalizar proyectos, donde el énfasis está puesto en el cumplimiento de la normativa.

Finalmente, la CNEP identificó que entre 2018 y 2022, existió una alta dispersión en la aplicación de multas impuestas por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTT). En efecto, el valor de una multa para la misma categoría de infracción llegó a superar tres veces su valor promedio. Una de las causas que explican esta situación es que la Ley 18.168, General de Telecomunicaciones, no contempla pautas para que el MTT establezca cuándo una infracción es más o menos grave, distando de lo que sucede con otros sectores regulados.

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Fuente: Diario Financiero, Lunes 21 de Agosto de 2023

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