DIARIO FINANCIERO – La crisis hídrica en el país no da tregua y las declaraciones de prohibición de nuevas explotaciones de agua subterránea por parte del ministerio de Obras Públicas (MOP) continúan avanzando. En 2021, la cartera declaró como zona de prohibición el sector hidrogeológico de aprovechamiento común Guanaquero, en Coquimbo; y en 2022 repitió este proceso para el sector Yali Bajo El Prado, ubicado en las regiones de Valparaíso y Metropolitana. Este lunes, en tanto, se oficializó una nueva zona resguardada situada en el sur de Chile.
Se trata de los sectores hidrogeológicos de aprovechamiento común Río Calafate, en Tierra del Fuego, y el sector Punta Arenas. Ambas zonas están ubicadas en la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, y cuyo resguardo apunta a evitar su sobreexplotación, de manera de resguardar los derechos de aprovechamiento ya constituidos y limitar la constitución de nuevos.
En el caso de ambos sectores, el MOP – liderado por la ministra Jessica López- explica que a partir del análisis de la oferta de recursos hídricos y la demanda comprometida, es posible concluir que “la demanda de aguas subterráneas comprometida al 20 de enero de 2023, supera el volumen sustentable, estimándose que existe riesgo de grave disminución del acuífero con el consiguiente perjuicio de derechos de terceros en él”.
Y en el caso del Río Calafate, se detalla que si bien, la demanda en aquel lugar asciende a 946.080 m3/año, la oferta de recursos hídricos subterráneos apenas alcanza los 464.282 m3/año. Es decir, cerca de la mitad de lo requerido.
Esto, mientras que en el sector Punta Arenas, la oferta de recursos (4.689.787 m3/año) se encuentra muy por debajo de la superficie demandada (11.018.857 m3/año).
De esta manera, el MOP declaró ambos lugares como zona de prohibición para nuevas explotaciones de aguas subterráneas, y consignó que “la declaración de zona de prohibición para el sector hidrogeológico de aprovechamiento empezará a regir para todos los efectos legales que de ella se deriven, desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial”.
“La Dirección General de Aguas (DGA) deberá dictar una nueva resolución sobre la mantención o alzamiento de la prohibición de explotar, a petición justificada de parte, si así lo aconsejan los resultados de nuevas investigaciones respecto de las características del acuífero o la recarga artificial del mismo”.
Fuente: Diario Financiero, Lunes 15 de Mayo de 2023