DIARIO FINANCIERO – El mejoramiento de la Ruta 66, o conocida también como el “Camino de la Fruta”, que une el sector de Pelequén con el Puerto de San Antonio, ha generado durante años discusiones entre los agricultores de la zona y las autoridades. Esto, ya sea por la demora en la ejecución de las obras como por el impacto ambiental de la ruta trazada, según acusan los habitantes. Y por estos días, el polémico proyecto fue nuevamente criticado por un grupo de trabajadores de la zona, que acusó a una de las empresas subcontratadas para obras de construcción de intentar acceder a predios de manera ilegal.
Así, al menos, lo señaló la Asociación Ribereños Río Cachapoal Pichidegua, que este lunes envió una carta dirigida al ministro de Obras Públicas, Juan Carlos García, a través de la cual solicita la intervención de la autoridad en esta materia, además de “una explicación” respecto del accionar de la compañía Zañartu Ingeniería.
De acuerdo al escrito, a fines de diciembre del año pasado la Dirección de Concesiones del MOP informó al gremio de agricultores que la empresa en cuestión había presentado una propuesta de cambio de trazado incorporando la Variante Peumo-Las Cabras por Las Quiscas (comunas de Peumo y Las Cabras) y la Variante San Pedro (comuna de San Pedro). Esto, correspondiente al tramo A del proyecto.
Respecto a este último punto, desde la asociación señalan que dicho tramo aún no cuenta con el Estudio de Impacto Ambiental, por lo que no se puede considerar como un trazado definitivo. Y citan el informe n°358 emitido por la Contraloría General de la República, que alude a la Dirección de Obras Hidráulicas (DOH) y sostiene que “para emitir una opinión o recomendación respecto del nuevo trazado de la ruta G-66, era necesario contar con un estudio hidráulico del cauce del río Cachapoal que permita visualizar las planicies de inundación con relación a la ubicación de la ruta”.
Asimismo, el gremio acusa que la DOH ha realizado “varias observaciones más, calificando de ‘insuficientes’ los resultados del estudio de Ingeniería Básica desarrollado por la consultora contratada por la Dirección de Concesiones MOP para esa licitación”, según indica la carta.
Y es en este sentido que la asociación de ribereños no comprende los esfuerzos de la empresa Zañartu Ingeniería para ingresar a realizar trabajos de sondajes y calicatas entre otras tareas, sin antes haber tenido una respuesta a dichas observaciones mencionadas.
“Sin temor a equivocarnos, estimamos que serían miles de millones de pesos despilfarrados si se efectúan esos trabajos, más los recursos y alteraciones que deben gastar los agricultores, para un proyecto que no tiene definido su trazado definitivo”, dice el gremio.
E informó al jefe de la cartera de Obras Públicas que bajo este contexto “los propietarios notificados no darán facilidad de acceso alguna” a las obras que requiera la empresa subcontratada.
Pronunciamiento de la Corte de Apelaciones de Rancagua
El 26 de febrero de 2021 la Sociedad Agrícola Fundo La Granja Ltda y la empresa Agrícola Comercial Huerto Los Molinos Ltda acudieron a la Corte de Apelaciones de Rancagua y presentaron un recurso de protección en contra del Gobernador de la Provincia de Cachapoal, Felipe Uribe, debido a “actos arbitrarios e ilegales consistente” en la dictación de dos resoluciones exentas.
Lo anterior, debido a que a través de dichos documentos “se le concedió el auxilio de la fuerza pública a la Dirección de Concesiones del Ministerio de Obras Públicas con facultades de allanamiento y descerrajamiento”, para ingresar al predio de los reclamantes y realizar trabajos de sondajes, calicatas y topografía, “contraviniendo frontalmente lo dispuesto en el DFL N°850 de la Ley Orgánica del MOP que dispone que el referido auxilio sólo podrá concederse ‘después de oír al afectado'”, lo que en este caso no ocurrió.
De este modo, la corte acogió el recurso y determinó que “el auxilio de la fuerza pública con facultades de allanamiento” concedido con el fin de ingresar a los predios podrá ser decretada “una vez que se le permita a los actores ser oído sobre el particular, debiendo notificarlos adecuadamente de dicha posibilidad”.
Y es justamente este el punto de desacuerdo entre los pobladores y la empresa, ya que si bien esta última ha notificado a los habitantes de la necesidad de acceder a los terrenos, el gremio acusa que no ha escuchado lo que ellos tienen que decir al respecto.
Intento de prohibir la ejecución de obras
Cabe destacar que el 11 de abril de 2021 la Sociedad Agrícola Fundo La Granja Ltda y la empresa Agrícola Comercial Huerto Los Molinos Ltda presentaron en esta misma corte un recurso de protección en contra de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas, la Sociedad Concesionaria Ruta de la Fruta y de Zañartu Ingenieros Consultores SpA. Esto, debido a “hechos arbitrarios e ilegales consistente en la realización de labores de sondaje, calicatas y topografía” en los predios destinados a las obras de reparación de la Ruta 66, según dijeron los reclamantes.
Y señalaron que el proyecto no contaba con evaluaciones, autorizaciones ni planes de manejo medioambientales previos, en desmedro de los ecosistemas y plantaciones existentes en el lugar. “Pese a que el mismo Ministerio de Obras Públicas ha señalado previamente que ese sector es inundable, lo cual producirá gravísimas e irreversibles consecuencias medioambientales”, dijeron en esa instancia.
Así, solicitaron a la corte prohibir la ejecución del trazado por los predios, ordenar la obtención de evaluaciones y planes de manejo “que sean de rigor de acuerdo a la normativa ambiental”, y la aplicación de medidas “conducentes para el restablecimiento del imperio del derecho y asegurar la debida protección a las afectadas”.
Sin embargo, el cuatro de enero de 2022 la Corte de Apelaciones de Rancagua se pronunció y rechazó el recurso interpuesto.
Fuente: Diario Financiero, Martes 9 de Agosto de 2022