EMOL – La Contraloría tomó razón del Reglamento de la Ley de Velocidad Mínima Garantizada de Acceso a Internet, iniciativa ingresada por la Subsecretaría de Telecomunicaciones (Subtel) con el fin de que el sector dé un paso significativo en la defensa de los derechos digitales de todos los usuarios de banda ancha fija y móvil del país.
En esta línea, la normativa permitirá implementar un sistema de medición de calidad para que la velocidad contratada por los usuarios se acerque a la velocidad real que reciben en sus dispositivos.
De esta manera, se resuelve uno de los principales malestares de los usuarios de Internet, quienes muchas veces reclaman debido a que no reciben la velocidad contratada en la promesa comercial.
Esto se logrará a través de mediciones oficiales y claras de las conexiones tanto fijas como móviles, las cuales posteriormente pueden ser utilizadas para reclamar ante Subtel en caso que no se esté cumpliendo con lo prometido.
Para lo anterior, los mismos usuarios tendrán a su disposición una aplicación que permitirá medir la velocidad de su conexión. De hecho, a través de ella también podrán informar a Subtel sobre eventuales inconsistencias en cuanto a lo establecido en el contrato —en los que respecta a la velocidad ofrecida — y el regulador mediará para la mejora del servicio y la entrega de las compensaciones pertinentes.
Asimismo, en el reglamento se establece la creación de un Organismo Técnico Independiente (OTI), el cual será el encargado de realizar mediciones periódicas que permitan verificar si en promedio las empresas están entregando o no el servicio comprometido.
A su vez, la información que levante este organismo será clave para realizar estadísticas semestrales y rankings de calidad de los servicios entre los diferentes operadores de manera que los usuarios posean mayor información sobre los estándares de calidad de servicios a la hora de contratar un plan de Internet.
“Mayor transparencia en la oferta”
“Con la toma de razón del reglamento, estamos dando un paso fundamental con respecto a una mayor transparencia en la oferta y en la calidad de servicio de las conexiones de Internet en el país”, señaló la ministra Gloria Hutt.
Por su parte, la subsecretaria de Telecomunicaciones, Pamela Gidi, sostuvo que “el reglamento es una herramienta eficaz y muy importante para que los usuarios puedan hacer valer sus derechos, generando más claridad sobre los servicios que contratan y la información en cuanto a las condiciones comerciales y técnicas que recibirán”.
Una vez publicado este reglamento en el Diario Oficial, lo que se realizará esta semana, habrá un plazo de cinco días para la publicación de la norma técnica respectiva. Tras esto se procederá a publicar las bases de licitación y posterior adjudicación del Organismo Técnico Independiente (OTI).
De esta forma, tras la adjudicación del OTI viene el período de implementación de una marcha blanca en el que se promulgará la segunda parte de la norma técnica, donde las empresas tendrán un período para informar a sus usuarios respecto de las nuevas disposiciones y que finalizará con el inicio de las nuevas obligaciones a la que estarán sujetas las proveedoras de servicio.
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Fuente: Emol, Miércoles 22 de Julio de 2020
Contraloría toma razón del reglamento de la Ley de Velocidad mínima garantizada de acceso a Internet
EMOL – La Contraloría tomó razón del Reglamento de la Ley de Velocidad Mínima Garantizada de Acceso a Internet, iniciativa ingresada por la Subsecretaría de Telecomunicaciones (Subtel) con el fin de que el sector dé un paso significativo en la defensa de los derechos digitales de todos los usuarios de banda ancha fija y móvil del país.
En esta línea, la normativa permitirá implementar un sistema de medición de calidad para que la velocidad contratada por los usuarios se acerque a la velocidad real que reciben en sus dispositivos.
De esta manera, se resuelve uno de los principales malestares de los usuarios de Internet, quienes muchas veces reclaman debido a que no reciben la velocidad contratada en la promesa comercial.
Esto se logrará a través de mediciones oficiales y claras de las conexiones tanto fijas como móviles, las cuales posteriormente pueden ser utilizadas para reclamar ante Subtel en caso que no se esté cumpliendo con lo prometido.
Para lo anterior, los mismos usuarios tendrán a su disposición una aplicación que permitirá medir la velocidad de su conexión. De hecho, a través de ella también podrán informar a Subtel sobre eventuales inconsistencias en cuanto a lo establecido en el contrato —en los que respecta a la velocidad ofrecida — y el regulador mediará para la mejora del servicio y la entrega de las compensaciones pertinentes.
Asimismo, en el reglamento se establece la creación de un Organismo Técnico Independiente (OTI), el cual será el encargado de realizar mediciones periódicas que permitan verificar si en promedio las empresas están entregando o no el servicio comprometido.
A su vez, la información que levante este organismo será clave para realizar estadísticas semestrales y rankings de calidad de los servicios entre los diferentes operadores de manera que los usuarios posean mayor información sobre los estándares de calidad de servicios a la hora de contratar un plan de Internet.
“Mayor transparencia en la oferta”
“Con la toma de razón del reglamento, estamos dando un paso fundamental con respecto a una mayor transparencia en la oferta y en la calidad de servicio de las conexiones de Internet en el país”, señaló la ministra Gloria Hutt.
Por su parte, la subsecretaria de Telecomunicaciones, Pamela Gidi, sostuvo que “el reglamento es una herramienta eficaz y muy importante para que los usuarios puedan hacer valer sus derechos, generando más claridad sobre los servicios que contratan y la información en cuanto a las condiciones comerciales y técnicas que recibirán”.
Una vez publicado este reglamento en el Diario Oficial, lo que se realizará esta semana, habrá un plazo de cinco días para la publicación de la norma técnica respectiva. Tras esto se procederá a publicar las bases de licitación y posterior adjudicación del Organismo Técnico Independiente (OTI).
De esta forma, tras la adjudicación del OTI viene el período de implementación de una marcha blanca en el que se promulgará la segunda parte de la norma técnica, donde las empresas tendrán un período para informar a sus usuarios respecto de las nuevas disposiciones y que finalizará con el inicio de las nuevas obligaciones a la que estarán sujetas las proveedoras de servicio.
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Fuente: Emol, Miércoles 22 de Julio de 2020