EL MERCURIO – El Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), dependiente del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, es el organismo encargado de la protección y tuición del patrimonio cultural y natural de Chile. Identifica dichos bienes y luego los incorpora al Catálogo de Monumentos Nacionales, el que consta de cinco categorías: Monumentos Históricos, Monumentos Públicos, Zonas Típicas, Santuarios de la Naturaleza y Monumentos Arqueológicos. Como parte de esa labor, debe, entre otras funciones, permitir o denegar intervenciones en dichos monumentos; autorizar su eventual adquisición, instalación o traslado; prevenir y sancionar los daños de estos; conceder permisos para realizar excavaciones e investigaciones de carácter arqueológico o paleontológico en sus locaciones, y participar en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), en lo concerniente a la protección del patrimonio cultural monumental.
De la descripción de esas tareas se colige que los intereses cuyo resguardo motiva su actuar pueden fácilmente contraponerse con aquellos de proyectos de inversión que involucren estructuras específicas que sean monumentos nacionales, o que se sitúen en zonas que contengan monumentos incorporados a dicho catálogo, o en cuyo subsuelo se encuentren eventuales restos arqueológicos o paleontológicos, potencialmente susceptibles de incorporarse a este.
Ese tipo de dificultades se manifiesta, por ejemplo, en los casos de edificios declarados monumentos nacionales. Esa calificación dificulta enormemente su intervención por parte de inversionistas, aun cuando el hacerlo permita la mantención y preservación de los aspectos patrimonialmente más valiosos de dicho inmueble. Al revés, la ausencia de dicha intervención puede traducirse en su eventual destrucción o progresivo deterioro si su dueño carece de fondos para mantenerlo y las restricciones impuestas por el CMN impiden que haya interés de inversionistas en hacerlo.
Hay otro foco de problemas entre la actuación del CMN y las necesidades de ciertos proyectos de inversión. Se trata de la aparición de restos arqueológicos o paleontológicos como resultado de excavaciones en el sitio donde el proyecto se está realizando. Tanto la evaluación que el CMN requiera efectuar del valor de dichos restos como la necesidad de averiguar qué hay en otros lugares cercanos en los que haya necesidad de excavaciones —las fundaciones de un hospital público o la ampliación en el número de pistas de una carretera interurbana son algunos de los proyectos en que estas dificultades han surgido— tienden a tomar un tiempo demasiado extendido. Ello trastoca de tal manera el cronograma de la empresa privada, o de aquella contratada por el Estado para llevar a cabo el proyecto, que puede preferir abandonar el trabajo. Este tipo de inconvenientes no es inocuo para la sociedad, por lo que es necesario confrontar los costos asociados a su postergación con el valor de los hallazgos arqueológicos o paleontológicos comprometidos.
Hasta ahora, la autonomía que tiene el CMN para paralizar obras por períodos que suelen ser indeterminados carece de un contrapeso institucional que haga un cálculo de los costos y beneficios asociados a los distintos cursos de acción posibles. El proyecto de ley ingresado al Congreso, que busca agilizar dichos trámites creando Consejos Regionales del Patrimonio Cultural y dotando de mayor presupuesto al CMN, de manera que su actuación ocurra más descentralizadamente, puede contribuir a atenuar el problema, al acelerar las definiciones. Con todo, se abre la interrogante de si efectivamente se zanja así el tema de fondo y si no se hace necesario dar un paso más innovador. Este podría pasar tal vez por crear una instancia institucional distinta y neutral, que haga una evaluación equilibrada de los costos involucrados en cada caso, tanto los patrimoniales como los sociales, con tiempos máximos asignados al estudio adicional de la zona.
Fuente: El mercurio, Miércoles 07 de Agosto de 2019
Consejo de Monumentos e inversión – Editorial
EL MERCURIO – El Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), dependiente del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, es el organismo encargado de la protección y tuición del patrimonio cultural y natural de Chile. Identifica dichos bienes y luego los incorpora al Catálogo de Monumentos Nacionales, el que consta de cinco categorías: Monumentos Históricos, Monumentos Públicos, Zonas Típicas, Santuarios de la Naturaleza y Monumentos Arqueológicos. Como parte de esa labor, debe, entre otras funciones, permitir o denegar intervenciones en dichos monumentos; autorizar su eventual adquisición, instalación o traslado; prevenir y sancionar los daños de estos; conceder permisos para realizar excavaciones e investigaciones de carácter arqueológico o paleontológico en sus locaciones, y participar en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), en lo concerniente a la protección del patrimonio cultural monumental.
De la descripción de esas tareas se colige que los intereses cuyo resguardo motiva su actuar pueden fácilmente contraponerse con aquellos de proyectos de inversión que involucren estructuras específicas que sean monumentos nacionales, o que se sitúen en zonas que contengan monumentos incorporados a dicho catálogo, o en cuyo subsuelo se encuentren eventuales restos arqueológicos o paleontológicos, potencialmente susceptibles de incorporarse a este.
Ese tipo de dificultades se manifiesta, por ejemplo, en los casos de edificios declarados monumentos nacionales. Esa calificación dificulta enormemente su intervención por parte de inversionistas, aun cuando el hacerlo permita la mantención y preservación de los aspectos patrimonialmente más valiosos de dicho inmueble. Al revés, la ausencia de dicha intervención puede traducirse en su eventual destrucción o progresivo deterioro si su dueño carece de fondos para mantenerlo y las restricciones impuestas por el CMN impiden que haya interés de inversionistas en hacerlo.
Hay otro foco de problemas entre la actuación del CMN y las necesidades de ciertos proyectos de inversión. Se trata de la aparición de restos arqueológicos o paleontológicos como resultado de excavaciones en el sitio donde el proyecto se está realizando. Tanto la evaluación que el CMN requiera efectuar del valor de dichos restos como la necesidad de averiguar qué hay en otros lugares cercanos en los que haya necesidad de excavaciones —las fundaciones de un hospital público o la ampliación en el número de pistas de una carretera interurbana son algunos de los proyectos en que estas dificultades han surgido— tienden a tomar un tiempo demasiado extendido. Ello trastoca de tal manera el cronograma de la empresa privada, o de aquella contratada por el Estado para llevar a cabo el proyecto, que puede preferir abandonar el trabajo. Este tipo de inconvenientes no es inocuo para la sociedad, por lo que es necesario confrontar los costos asociados a su postergación con el valor de los hallazgos arqueológicos o paleontológicos comprometidos.
Hasta ahora, la autonomía que tiene el CMN para paralizar obras por períodos que suelen ser indeterminados carece de un contrapeso institucional que haga un cálculo de los costos y beneficios asociados a los distintos cursos de acción posibles. El proyecto de ley ingresado al Congreso, que busca agilizar dichos trámites creando Consejos Regionales del Patrimonio Cultural y dotando de mayor presupuesto al CMN, de manera que su actuación ocurra más descentralizadamente, puede contribuir a atenuar el problema, al acelerar las definiciones. Con todo, se abre la interrogante de si efectivamente se zanja así el tema de fondo y si no se hace necesario dar un paso más innovador. Este podría pasar tal vez por crear una instancia institucional distinta y neutral, que haga una evaluación equilibrada de los costos involucrados en cada caso, tanto los patrimoniales como los sociales, con tiempos máximos asignados al estudio adicional de la zona.
Fuente: El mercurio, Miércoles 07 de Agosto de 2019